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CIV Civil

Artículo 1228 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Los asientos, registros y papeles privados únicamente hacen prueba contra el que los ha escrito en todo aquello que conste con claridad; pero el que quiera aprovecharse de ellos habrá de aceptarlos en la parte que le perjudiquen.

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 1992. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 16/2002 ↗, de 28 de enero de 2002 · Recurso de amparo 3014-1998

    …deben incluirse en su totalidad los restantes extremos de los informes que se solicitan por exigirlo así el principio probatorio recogido en el art. 1228 del Código Civil". Con ello se refería, señaladamente, al empeoramiento progresivo de sus lesiones, que…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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