El texto oficial, literal
Artículo 12. Recurso contra el auto de inadmisión o desestimación de la solicitud del deudor.
Contra el auto que inadmita o desestime la solicitud de declaración del concurso presentada por el deudor el solicitante solo podrá interponer recurso de reposición.
En lenguaje claro
El artículo 12 del Texto Refundido de la Ley Concursal se refiere al auto que inadmita o desestime la solicitud de declaración del concurso presentada por el deudor.
En ese supuesto, el artículo establece que el solicitante solo podrá interponer recurso de reposición. El precepto no menciona ningún otro recurso posible para el solicitante.
Esta explicación es orientativa y no sustituye el estudio del caso concreto. Si usted se encuentra en esta situación, le recomendamos consultar con un abogado colegiado que pueda valorar las circunstancias particulares de su asunto.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué recurso puedo poner si rechazan mi solicitud de concurso?
- Según el artículo, el solicitante solo podrá interponer recurso de reposición contra el auto que inadmita o desestime la solicitud.
- ¿A quién se aplica este artículo?
- Se aplica al deudor solicitante frente al auto que inadmita o desestime su solicitud de declaración de concurso.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.