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EXT Extranjería

Artículo 115 Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo 115. Prórroga de la autorización de residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.

1. Las autorizaciones reguladas en este capítulo serán prorrogables por el periodo previsto de continuidad de la actividad que motivó el desplazamiento temporal, con el límite máximo de un año o el previsto en Convenios Internacionales firmados por España, si se acreditan idénticas condiciones a las exigidas para la concesión de la autorización inicial.

2. La prórroga de la autorización deberá solicitarse, en modelo oficial, durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de su vigencia. La presentación de la solicitud en este plazo prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.

En lenguaje claro

El artículo 115 del Reglamento de Extranjería regula la prórroga de la autorización de residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.

La prórroga se concede por el periodo previsto de continuidad de la actividad que motivó el desplazamiento temporal. El límite máximo es de un año, salvo que un Convenio Internacional firmado por España establezca otro. Para concederla, deben acreditarse idénticas condiciones a las exigidas para la autorización inicial.

La solicitud se presenta en modelo oficial durante los sesenta días naturales anteriores a la fecha de expiración de su vigencia. La presentación en ese plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. Para su caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo antes hay que pedir la prórroga?
Debe solicitarse en modelo oficial durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización.
¿Cuál es la duración máxima de la prórroga?
El límite máximo es de un año o el previsto en Convenios Internacionales firmados por España.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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