El texto oficial, literal
Notificaciones en materia tributaria
El régimen de notificaciones será el previsto en las normas administrativas generales con las especialidades establecidas en esta sección.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 46/2008 ↗, de 10 de marzo de 2008 · Recurso de amparo 6130-2006
…y eficaz, no ya sobre la base del art. 56.3 LITP, sino en virtud del régimen general de la representación y de las notificaciones contenido en los arts. 46, 109 y 111 de la Ley general tributaria, de suerte que la válida notificación al representante directo voluntario surte…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.