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PEN Penal

Artículo 106 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

La acción penal por delito o falta que dé lugar al procedimiento de oficio no se extingue por la renuncia de la persona ofendida.

Pero se extinguen por esta causa las que nacen de delito o falta que no puedan ser perseguidos sino a instancia de parte, y las civiles, cualquiera que sea el delito o falta de que procedan.

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Lo mencionan

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 5 sentencias de su repertorio, la primera de 1987. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 104/2005 ↗, de 9 de mayo de 2005 · Recurso de amparo 864-2001

    …rectificado por Auto de 10 de abril de 1997, acordó, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 130.4 y 621 del Código penal en relación con el art. 106 de la Ley de enjuiciamiento criminal, el archivo de las actuaciones por haberse extinguido la acción penal…

  • STC 132/1999 ↗, de 15 de julio de 1999 · Recurso de amparo 2950-1993

    …del derecho a la tutela judicial efectiva. En efecto, de lo dispuesto en los arts. 112.5 y 25 C.P. (Texto refundido 1973), en relación con el art. 106 LECrim., se desprende con claridad la relevancia del perdón del ofendido, en orden a la extinción de la…

  • STC 193/1991 ↗, de 14 de octubre de 1991 · Recurso de amparo 1999-1989

    …ilícito penal pertenece a la disponibilidad del perjudicado: éste puede renunciar a ella o excluirla del proceso penal ejercitándola separadamente (arts. 106, 111 y 112 L.E.Crim.); esta posibilidad de disposición la conserva hasta el momento de calificar definitivamente los…

  • STC 101/1989 ↗, de 5 de junio de 1989 · Recurso de amparo 1313-1987

    …Fiscal y porque en la generalidad de los delitos -los perseguibles de oficio- la acción penal no se extingue por la renuncia del ofendido (art. 106 L.E.Crim.). Lo ocurrido tuvo su causa en la pasividad procesal de la parte. Resta examinar la también…

  • STC 15/1987 ↗, de 11 de febrero de 1987 · Recurso de amparo 465-1986

    …en el quantumn indemnizatorio para uno de los recurrentes, porque respecto del otro lo que el Juzgado de Instrucción hace es aplicar rectamente el art. 106 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aplicación irrecurrible en amparo. De otra parte, la limitación…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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