El texto oficial, literal
La renuncia de la acción civil o de la penal renunciable no perjudicará más que al renunciante; pudiendo continuar el ejercicio de la penal en el estado en que se halle la causa, o ejercitarla nuevamente los demás a quienes también correspondiere.
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Lo mencionan
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 1992. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 266/2015 ↗, de 14 de diciembre de 2015 · Recurso de amparo 5290-2014
…cierta discrepancia con la atribución competencial que, en las circunstancias del caso, emana de la conexión entre los arts. 109 y ss. CP y los arts. 14 y 107 a 113 de la Ley de enjuiciamiento criminal (LECrim). Pero el órgano judicial asumió el enjuiciamiento de los…
STC 33/1992 ↗, de 18 de marzo de 1992 · Recurso de amparo 2094-1988
…tal manera que el derecho al resarcimiento se constituye como un derecho subjetivo privado del ofendido cuya renuncia sólo puede perjudicar a éste (art. 107 L.E.Crim.). En este sentido se ha orientado la jurisprudencia de este Tribunal, al señalar que, aunque es…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.