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PEN Penal

Atenuante de reparación del daño: requisitos y prueba

La reparación del daño es la atenuante que sigue viva cuando casi todas las demás se han cerrado. El art. 21 CP la admite en cualquier momento del procedimiento, con un único límite temporal. Aquí tienes los requisitos que fija el texto, qué se puede afirmar y qué no, y cómo dejar el pago acreditado en autos antes del juicio.

Por Lorenzo Ballanti Morán · Fundador y CEO de JBH Asesoría Legal · Ingeniero informático ·

Redactado con ayuda de inteligencia artificial a partir del texto oficial del BOE; cada cita a un artículo se comprueba de forma automática contra su redacción vigente. Revisión jurídica: Aroa Bartrina Zafra, abogada colegiada n.º 2211 del Il·lustre Col·legi d'Advocats del Vallès Oriental. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Tres correos, sin prisa

Lo que conviene saber antes de la citación, en su correo

Tres mensajes cortos: qué hacer hoy y qué no conviene hacer, cómo leer una citación, y cuándo merece la pena que alguien mire el caso. Nada más, y baja en un clic.

Le llegará un correo con un botón para confirmar. Hasta que lo pulse no le enviamos nada.

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