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MER Mercantil

Junta universal

Le dicen que la sociedad puede reunirse en junta sin haber convocado nada y no sabe si eso es válido. Sí puede serlo, pero solo si se cumplen dos condiciones muy estrictas del art. 178 LSC. Aquí le explicamos cuáles son y qué conviene revisar antes de firmar el acta.

Por Lorenzo Ballanti Morán · Fundador y CEO de JBH Asesoría Legal · Ingeniero informático ·

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