El texto oficial, literal
Los efectos de la aceptación y de la repudiación se retrotraen siempre al momento de la muerte de la persona a quien se hereda.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 1987. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 105/2017 ↗, de 18 de septiembre de 2017 · Recurso de amparo 3870-2015
…trasmiten desde el momento de su muerte (artículo 657 CC), momento en el que también se adquieren tras la correspondiente aceptación de la herencia (artículo 989 CC). Supuesto del presente caso, en donde tanto la sentencia de primera instancia, como la de segunda…
STC 155/1987 ↗, de 14 de octubre de 1987 · Cuestión de inconstitucionalidad 485-1985
…de 1982). Habida cuenta de que los derechos y obligaciones del causante se transmiten y adquieren por los herederos en el momento de su muerte (arts. 657 y 989 del Código Civil) y que, desde entonces, la situación jurídica de cada uno de ellos -y, en general, de la…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.