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FAM Familia

Artículo 98 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

El cónyuge de buena fe cuyo matrimonio haya sido declarado nulo tendrá derecho a una indemnización si ha existido convivencia conyugal, atendidas las circunstancias previstas en el artículo 97.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 98 CC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 16/08/1889 al 09/08/1981 · redacción original

    Todos aquellos a cuyo conocimiento llegue la pretensión de matrimonio están obligados a denunciar cualquier impedimento que les conste. Hecha la denuncia, se pasará al Ministerio Fiscal, quien, si encontrare fundamento legal, entablará la oposición al matrimonio. Sólo los particulares que tengan interés en impedir el casamiento podrán formalizar por sí la oposición, y en uno y otro caso se sustanciará ésta conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, dándole la tramitación de los incidentes.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

Con otras leyes

Sale del texto oficial de las leyes publicadas aquí: los artículos de otras leyes que este cita por su nombre, y los que lo citan a él.

Lo citan

  • Artículo 220 LGSS · Pensión de viudedad en supuestos de separación, divorcio o nulidad matrimonial

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 4 sentencias de su repertorio, la primera de 1984. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 178/2020 ↗, de 14 de diciembre de 2020 · Recurso de amparo 6318-2017

    …conformidad rígida y literal con los pedimentos expresados en los suplicos de los escritos’, y también que ‘tales derechos (los regulados en los arts. 97 y 98 del Código civil) son conjuntos y simultáneos a la declaración judicial de la disolución del vínculo’”. Con…

  • STC 6/1997 ↗, de 13 de enero de 1997 · Recurso de amparo 3436-1994

    …Con posterioridad a dicha Sentencia y a su correspondiente anotación, la ex-esposa del hoy recurrente demandó la indemnización prevista en el art. 98 C.C. - compensatoria al cónyuge de buena fe, si existió convivencia, de la nulidad matrimonial-; tal demanda…

  • STC 4/1994 ↗, de 17 de enero de 1994 · Recurso de amparo 769-1991

    …Barcelona, cuya Sección Décimoprimera dictó Sentencia de 20 de marzo de 1990, parcialmente revocatoria de la de instancia. A juicio de la Sala, los arts. 97 y 98 C.C. -aplicados por el Juzgado- permiten fijar una pensión compensatoria periódica, pero no sustituirla por…

  • STC 120/1984 ↗, de 10 de diciembre de 1984 · Recurso de amparo 160-1984

    …conformidad rígida y literal con los pedimentos expresados en los suplicos de los escritos», y también que «tales derechos (los regulados en los arts. 97 y 98 del Código Civil) son conjuntos y simultáneos a la declaración judicial de la disolución del vínculo». Con…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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