El texto oficial, literal
Contra el auto acordando o denegando pedir la extradición podrá interponerse el recurso de apelación, si lo hubiese dictado un Juez de instrucción.
En lenguaje claro
El artículo 830 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se refiere a la decisión de un juez sobre pedir la extradición de una persona.
Este artículo indica que, frente a la resolución (llamada «auto») en la que se acuerda pedir esa extradición o se deniega pedirla, cabe interponer el recurso de apelación. Esta posibilidad se contempla únicamente cuando quien ha dictado el auto es un Juez de instrucción.
El artículo no detalla plazos, forma de interposición ni ante qué órgano se resuelve el recurso. Para cualquier duda sobre su aplicación concreta, se recomienda consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué recurso cabe contra el auto que acuerda o deniega pedir la extradición?
- Según el artículo, cabe interponer el recurso de apelación.
- ¿Cuándo se puede interponer ese recurso de apelación?
- Cuando el auto haya sido dictado por un Juez de instrucción.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.