El texto oficial, literal
El heredero o legatario que muera antes de que la condición se cumpla, aunque sobreviva al testador, no transmite derecho alguno a sus herederos.
En lenguaje claro
El artículo 759 del Código Civil se refiere a los supuestos en los que la institución de heredero o el legado están sujetos a una condición.
Lo que dice la norma es que, si el heredero o legatario fallece antes de que esa condición se cumpla, no transmite ningún derecho a sus propios herederos. Esto ocurre incluso cuando esa persona haya sobrevivido al testador (quien hizo el testamento), es decir, aunque siguiera viva en el momento del fallecimiento de este. El artículo no detalla qué sucede con los bienes en tal caso ni regula los efectos de la condición una vez cumplida.
Para aplicar esta regla a un caso concreto, se recomienda consultar con un abogado colegiado que pueda analizar las circunstancias particulares.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué pasa si el heredero muere antes de cumplirse la condición?
- No transmite derecho alguno a sus herederos, aunque hubiera sobrevivido al testador.
- ¿A quién se aplica este artículo?
- Al heredero y al legatario a los que se refiere la norma cuando su atribución está sujeta a una condición.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.