El texto oficial, literal
En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 162/1999 ↗, de 27 de septiembre de 1999 · Recurso de amparo 3031-1995
…del mismo". Por estas razones, la Sala instó al recurrente a que asumiera su propia defensa e informara verbalmente en el momento procesal oportuno (arts. 736 a 738 L.E.Crim.) "tal y como solicitó y fue autorizado por el Colegio de Abogados", autorizándose al Letrado Sr.…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.