El texto oficial, literal
1. En la determinación de la pena inferior en grado, los jueces o tribunales no quedarán limitados por las cuantías mínimas señaladas en la ley a cada clase de pena, sino que podrán reducirlas en la forma que resulte de la aplicación de la regla correspondiente.
2. No obstante, cuando por aplicación de las reglas anteriores proceda imponer una pena de prisión inferior a tres meses, ésta será en todo caso sustituida por multa, trabajos en beneficio de la comunidad, o localización permanente, aunque la ley no prevea estas penas para el delito de que se trate, sustituyéndose cada día de prisión por dos cuotas de multa o por una jornada de trabajo o por un día de localización permanente.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 71 CP tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 01/10/2004 al 01/07/2015 · redacción de una reforma
1. En la determinación de la pena inferior en grado, los jueces o tribunales no quedarán limitados por las cuantías mínimas señaladas en la ley a cada clase de pena, sino que podrán reducirlas en la forma que resulte de la aplicación de la regla correspondiente, sin que ello suponga la degradación a falta.
2. No obstante, cuando por aplicación de las reglas anteriores proceda imponer una pena de prisión inferior a tres meses, ésta será en todo caso sustituida conforme a lo dispuesto en la sección 2.ª del capítulo III de este título, sin perjuicio de la suspensión de la ejecución de la pena en los casos en que proceda.
Ya no está en vigor. BOE-A-2003-21538 en el BOE ↗
Del 24/05/1996 al 01/10/2004 · redacción original
1. En la determinación de la pena inferior en grado, los Jueces o Tribunales no quedarán limitados por las cuantías mínimas señaladas en la Ley a cada clase de pena, sino que podrán reducirlas en la forma que resulte de la aplicación de la regla correspondiente.
2. No obstante, cuando por aplicación de las reglas anteriores proceda imponer una pena de prisión inferior a seis meses, ésta será en todo caso sustituida conforme a lo dispuesto en la sección 2.ª del capítulo III de este Título, sin perjuicio de la suspensión de la ejecución de la pena en los casos en que proceda.
Ya no está en vigor. BOE-A-1995-25444 en el BOE ↗
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 5 sentencias de su repertorio, la primera de 2009. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 25/2022 ↗, de 23 de febrero de 2022 · Recurso de amparo 4586-2020
…pero nunca sobre el efecto de la privación definitiva del cargo. Es más, al tratarse de una pena diferente a la pena de prisión, la aplicación del art. 71.1 CP determina que en los eventuales casos en que la extensión temporal de esta pena de inhabilitación pudiera…
STC 126/2010 ↗, de 29 de noviembre de 2010 · Recurso de amparo 3977-2007
…a la aplicación del tipo penal objeto de condena (art. 171.4 y 6 CP: exigían “pena inferior en grado”), que resultaría de seis meses de prisión (ex arts. 70.1.2 y 71.1 CP), resultando más gravosa -a todos los efectos- para el Sr. Capó, como él mismo alega. Además (y sin…
STC 81/2010 ↗, de 3 de noviembre de 2010 · Cuestión de inconstitucionalidad 4976-2005
…de reducción de la pena en grado en el nuevo art. 154.4 CP afectaría por tanto también a la citada pena. Por fin, habría que tener en cuenta el art. 71.1 CP, que prevé que “en la determinación de la pena inferior en grado, los jueces y Tribunales no quedarán…
STC 60/2010 ↗, de 7 de octubre de 2010 · Cuestión de inconstitucionalidad 8821-2005
…los delitos de amenazas (art. 171.6 CP) y coacciones (art. 172.2 in fine CP), debe ser puesto en relación con el art. 57.2 CP y, a su vez, con los arts. 70.2 y 71 CP, y afectaría también a la pena que ahora nos ocupa, que en función de tales circunstancias podría ver aún…
STC 153/2009 ↗, de 25 de junio de 2009 · Cuestión de inconstitucionalidad 1040-2006 y 24 más.
…cuando se trata de determinar las penas concretas en los supuestos de agravación conforme al art. 171.5 CP último párrafo y de tipo atenuado del art. 71.6 CP. d) En relación ahora con el art. 9 CE, considera que no es posible la “discriminación positiva” cuando,…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.