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SUC Sucesiones

Artículo 688 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

El testamento ológrafo solo podrá otorgarse por personas mayores de edad.

Para que sea válido este testamento deberá estar escrito todo él y firmado por el testador, con expresión del año, mes y día en que se otorgue.

Si contuviese palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, las salvará el testador bajo su firma.

Los extranjeros podrán otorgar testamento ológrafo en su propio idioma.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 688 CC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 16/08/1889 al 13/08/1904 · redacción original

    El testamento ológrafo sólo podrá otorgarse por personas mayores de edad.

    Para que sea válido este testamento deberá extenderse en papel sellado correspondiente al año de su otorgamiento y estar escrito todo y firmado por el testador, con expresión del año, mes y día en que se otorgue.

    Si contuviere palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, las salvará el testador bajo su firma.

    Los extranjeros podrán otorgar testamento ológrafo en su propio idioma.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Lo mencionan

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO