El texto oficial, literal
Impugnación del nombramiento
1. El nombramiento como experto de quien no reúna las condiciones establecidas en esta ley, incurra en alguna incompatibilidad o prohibición, o de quien no tenga cobertura o garantía adecuada podrá ser impugnado en cualquier momento por quien acredite interés legítimo.
2. La impugnación se tramitará por los cauces del incidente concursal.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 677 TRLC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 01/09/2020 al 26/09/2022 · redacción original
1. El pasivo computable para la adopción del acuerdo comprenderá la suma del importe de los créditos que no gocen de garantía real, el importe de los créditos que exceda del valor de esa garantía calculado conforme a lo establecido en el título V del libro I de esta ley y el importe de los créditos con garantía real que hubieran aceptado la propuesta.
2. En ningún caso integrarán el pasivo computable los importes correspondientes a los créditos de derecho público.
Ya no está en vigor. BOE-A-2020-4859 en el BOE ↗