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FIS Fiscal y tributario

Artículo 66 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

Plazos de prescripción. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Plazos de prescripción

Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:

a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.

b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.

c) El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

d) El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Lo mencionan

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2006. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 108/2022 ↗, de 26 de septiembre de 2022 · Recurso de amparo 1041-2019

    …el día 6 de octubre de 2014; esto es, dentro del plazo de cuatro años legalmente previsto para solicitar “las devoluciones de ingresos indebidos” [art. 66 c) LGT]. Ahora bien, ante la inexistencia de un “acto administrativo” impugnable, a la parte actora solo le…

  • STC 65/2020 ↗, de 18 de junio de 2020 · Recurso de inconstitucionalidad 4362-2017

    …su anclaje en el art. 149.1.14 CE (por todas, STC 130/2013 , FJ 5). Y, en este caso, el régimen de la prescripción tributaria establecido en los arts. 66 a 70 LGT (y ubicado en la sección tercera del capítulo IV sobre la deuda tributaria del título II dedicado a los…

  • STC 85/2006 ↗, de 27 de marzo de 2006 · Recurso de amparo 2938-2001

    …en primer lugar, la inexistencia de la prescripción alegada, por haberse producido varios actos interruptivos de la misma realizados conforme al art. 66 de la Ley general tributaria (FD cuarto); en segundo lugar, la existencia de una conducta negligente de los…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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