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CIV Civil

Artículo 620 Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo 620. Efectos de la sentencia. Costas de la tercería y participación del tercerista en los costes de la ejecución.

1. La sentencia que se dicte en la tercería de mejor derecho resolverá sobre la existencia del privilegio y el orden en que los créditos deben ser satisfechos en la ejecución en que aquella sentencia recaiga, pero sin prejuzgar otras acciones que a cada uno pudiera corresponder, especialmente las de enriquecimiento.

Asimismo, si la sentencia desestimara la tercería, condenará en todas las costas de ésta al tercerista. Cuando la estimare, las impondrá al ejecutante que hubiera contestado a la demanda y, si el ejecutado hubiere intervenido, oponiéndose también a la tercería, las impondrá a éste, por mitad con el ejecutante, salvo cuando, por haberse allanado el ejecutante, la tercería se hubiera sustanciado sólo con el ejecutado, en cuyo caso las costas se impondrán a éste en su totalidad.

2. Siempre que la sentencia estimase la tercería de mejor derecho, no se entregará al tercerista cantidad alguna procedente de la ejecución, mientras no se haya satisfecho al ejecutante las tres quintas partes de las costas causadas en ésta hasta el momento en que recaiga aquella sentencia.

En lenguaje claro

El artículo 620 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula los efectos de la sentencia que se dicta en la tercería de mejor derecho. La sentencia resuelve sobre la existencia del privilegio y el orden en que los créditos deben ser satisfechos en la ejecución en que aquella recaiga, sin prejuzgar otras acciones que a cada uno pudiera corresponder, especialmente las de enriquecimiento.

El artículo también reparte las costas. Si se desestima la tercería, las paga el tercerista. Si se estima, se imponen al ejecutante que hubiera contestado a la demanda y, si el ejecutado hubiera intervenido oponiéndose, a éste por mitad con el ejecutante; cuando el ejecutante se hubiera allanado y la tercería se hubiera sustanciado solo con el ejecutado, las costas se imponen a este en su totalidad. Además, aunque se estime la tercería, no se entregará al tercerista cantidad alguna procedente de la ejecución mientras no se hayan satisfecho al ejecutante las tres quintas partes de las costas causadas en ella hasta el momento de la sentencia.

Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué resuelve la sentencia de la tercería de mejor derecho?
Resuelve sobre la existencia del privilegio y el orden en que deben pagarse los créditos en esa ejecución, sin prejuzgar otras acciones, especialmente las de enriquecimiento.
¿Cuándo cobra el tercerista si gana la tercería?
No se le entregará cantidad alguna de la ejecución mientras no se hayan satisfecho al ejecutante las tres quintas partes de las costas causadas hasta la sentencia.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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