El texto oficial, literal
El que, con ocasión de un conflicto armado, maltrate de obra o ponga en grave peligro la vida, la salud o la integridad de cualquier persona protegida, la haga objeto de tortura o tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos, le cause grandes sufrimientos o la someta a cualquier acto médico que no esté indicado por su estado de salud ni de acuerdo con las normas médicas generalmente reconocidas que la Parte responsable de la actuación aplicaría, en análogas circunstancias médicas, a sus propios nacionales no privados de libertad, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años, sin perjuicio de la pena que pueda corresponder por los resultados lesivos producidos.
En lenguaje claro
El artículo 609 del Código Penal castiga ciertas conductas cometidas con ocasión de un conflicto armado contra personas protegidas. En concreto, sanciona a quien maltrata de obra o pone en grave peligro la vida, la salud o la integridad de esas personas.
También se incluyen la tortura, los tratos inhumanos (incluidos los experimentos biológicos), causar grandes sufrimientos o someter a la persona a actos médicos no indicados por su estado de salud ni acordes con las normas médicas generalmente reconocidas que la Parte responsable aplicaría, en análogas circunstancias médicas, a sus propios nacionales no privados de libertad. La pena prevista es de prisión de cuatro a ocho años, sin perjuicio de la que pueda corresponder por los resultados lesivos producidos.
Esta explicación es solo orientativa. Si su situación encaja en este artículo, consulte con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué pena establece el artículo 609 del Código Penal?
- La pena es de prisión de cuatro a ocho años, sin perjuicio de la que pueda corresponder por los resultados lesivos producidos.
- ¿Cuándo se aplica este artículo?
- Se aplica cuando los hechos se cometen con ocasión de un conflicto armado y la víctima es una persona protegida.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.