El texto oficial, literal
Artículo seiscientos tres · LOPJ
Artículo 603.
1. El Pleno elegirá a los Vocales integrantes de la Comisión Disciplinaria, cuyo mandato, salvo las sustituciones que procedan, será de cinco años.
2. La Comisión Disciplinaria estará compuesta por siete Vocales: cuatro del turno judicial y tres del turno de juristas de reconocida competencia.
3. La Comisión Disciplinaria deberá actuar con la asistencia de todos sus componentes y bajo la presidencia del Vocal de origen judicial con mayor categoría y antigüedad.
4. En caso de transitoria imposibilidad o ausencia justificada de alguno de sus componentes, la Comisión Permanente procederá a su sustitución por otro Vocal de idéntica procedencia.
En lenguaje claro
El artículo 603 de la Ley Orgánica del Poder Judicial regula cómo se forma y cómo actúa la Comisión Disciplinaria. Es el Pleno quien elige a los Vocales que la integran, y su mandato dura cinco años, salvo las sustituciones que procedan.
La Comisión se compone de siete Vocales: cuatro del turno judicial y tres del turno de juristas de reconocida competencia. Para actuar, debe contar con la asistencia de todos sus componentes, y preside el Vocal de origen judicial con mayor categoría y antigüedad.
Si alguno de los Vocales se encuentra en situación de imposibilidad transitoria o ausencia justificada, la Comisión Permanente lo sustituye por otro Vocal de idéntica procedencia. Para su caso concreto, se recomienda consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto dura el mandato de los Vocales de la Comisión Disciplinaria?
- El mandato será de cinco años, salvo las sustituciones que procedan, y los Vocales son elegidos por el Pleno.
- ¿Quién sustituye a un Vocal ausente de la Comisión Disciplinaria?
- En caso de imposibilidad transitoria o ausencia justificada, la Comisión Permanente lo sustituye por otro Vocal de idéntica procedencia.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.