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CIV Civil

Artículo 6 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

1. La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento. El error de derecho producirá únicamente aquellos efectos que las leyes determinen.

2. La exclusión voluntaria de la ley aplicable y la renuncia a los derechos en ella reconocidos sólo serán válidas cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros.

3. Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de contravención.

4. Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 6 CC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 16/08/1889 al 29/07/1974 · redacción original

    El Tribunal que rehúse fallar a pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de las Leyes, incurrirá en responsabilidad.

    Cuando no haya Ley exactamente aplicable al punto controvertido, se aplicará la costumbre del lugar y, en su defecto, los principios generales del derecho.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗

Con otras leyes

Sale del texto oficial de las leyes publicadas aquí: los artículos de otras leyes que este cita por su nombre, y los que lo citan a él.

Lo citan

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 42 sentencias de su repertorio, la primera de 1981. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 32/2026 ↗, de 14 de abril de 2026 · Recurso de amparo 878-2023

    …de enmiendas al articulado constituye un ejercicio de “filibusterismo parlamentario”, que se ajusta al concepto de fraude de ley que define el art. 6.4 del Código civil. Por ello entienden que la mesa “debió rechazar la concesión de ulteriores prórrogas”,…

  • STC 158/2019 ↗, de 12 de diciembre de 2019 · Recurso de inconstitucionalidad 5212-2018

    …que despliega idénticos efectos invalidantes en todos los sectores del ordenamiento jurídico. En rigor ni siquiera podría sostenerse hoy que el artículo 6.4 del Código civil, que contempla con carácter general el fraude de Ley, es una norma exclusiva de la…

  • STC 73/2015 ↗, de 14 de abril de 2015 · Recurso de inconstitucionalidad 1881-2013

    …se persigue un resultado de regulación, distribución, atribución y negación competencial prohibido por el ordenamiento jurídico y contrario a él (art. 6.2 del Código civil). La vulneración del principio de lealtad constitucional deriva así de que se ejercen las…

  • STC 176/2013 ↗, de 21 de octubre de 2013 · Recurso de amparo 1783-2010

    …instalaciones para el uso cotidiano en el desarrollo de una actividad doméstica normal”. Invocando el carácter “creador” de la jurisprudencia, ex art. 6.1 del Código civil, se pide a este Tribunal, como ya lo hicieran en la vía judicial ordinaria, que se extienda…

  • STC 192/2011 ↗, de 12 de diciembre de 2011 · Recurso de amparo 5787-2010

    …Su ignorancia no la excusaba de respetarlo ni de soportar los efectos jurídicos desfavorables que pudiera llevar aparejada su actuación (art. 6.1 del Código civil). La justificación ofrecida por la señora Ortega para interrumpir la sesión -petición de…

  • STC 124/2011 ↗, de 14 de julio de 2011 · Recurso de amparo electoral 3680-2011

    …considerarlos nulos, al ser ésta la consecuencia jurídica que, en estos casos, prevé el art. 96.2 LOREG, pues, de acuerdo con lo previsto en el art. 6 del Código civil, la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento y el error de Derecho “producirá…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO