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Artículo 593 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal

Carácter exclusivo y excluyente de la jurisdicción. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Carácter exclusivo y excluyente de la jurisdicción

El juzgado competente para conocer del concurso conocerá, con carácter exclusivo y excluyente, de la comunicación; de los efectos de la comunicación que requieran decisión judicial; de la prórroga de los efectos de la comunicación; y de las impugnaciones de las decisiones judiciales sobre esas materias.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 593 TRLC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 01/09/2020 al 26/09/2022 · redacción original

    1. Las ejecuciones no iniciadas o suspendidas podrán iniciarse o reanudarse si el juez competente para la declaración de concurso resolviera que los bienes o derechos no son necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor.

    2. Las ejecuciones no iniciadas o suspendidas podrán iniciarse o reanudarse una vez transcurridos tres meses desde la comunicación al juzgado de la apertura de negociaciones con los acreedores, o dos meses si el deudor fuera persona natural que no tuviera la condición de empresario.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2020-4859 en el BOE ↗

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