El texto oficial, literal
Artículo 588 ter · LECrim
Artículo 588 ter a. Presupuestos.
La autorización para la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas solo podrá ser concedida cuando la investigación tenga por objeto alguno de los delitos a que se refiere el artículo 579.1 de esta ley o delitos cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la comunicación o servicio de comunicación.
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
- Artículo 579 LECrim · De la correspondencia escrita o telegráfica
Lo mencionan
- Artículo 282 bis LECrim
- Artículo 588 octies LECrim · Orden de conservación de datos
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2020. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 87/2024 ↗, de 4 de junio de 2024 · Recurso de amparo 4949-2021
…la exigencia de autorización judicial para casos específicos (art. 282 bis .6 y 7 LECrim). La regulación debe por tanto ponerse en relación con los arts. 579 y 588 bis a) a 588 septies c) LECrim, que se refieren a la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica,…
STC 99/2021 ↗, de 10 de mayo de 2021 · Recurso de amparo 7436-2019
…(art. 18.1 CE) y secreto de comunicaciones (art. 18.3 CE), se realiza en el fundamento jurídico primero donde se explicita que la interpretación del art. 588 quater LECrim: “2. No puede hacerse de forma aislada del resto de los preceptos en los que se articula, puesto que…
STC 67/2020 ↗, de 29 de junio de 2020 · Recurso de amparo 4755-2017
…de investigación, como por ejemplo la intervención de comunicaciones escritas o telegráficas (artículo 579 LECrim), telefónicas y telemáticas [artículo 588 ter a) LECrim], o los registros remotos [artículo 588 septies a) LECrim], solo pueden utilizarse para la…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.