El texto oficial, literal
Los autos de prisión y libertad provisionales y de fianza serán reformables durante todo el curso de la causa.
En su consecuencia, el investigado o encausado podrá ser preso y puesto en libertad cuantas veces sea procedente, y la fianza podrá ser modificada en lo que resulte necesario para asegurar las consecuencias del juicio.
Para acordar la prisión o la libertad provisional con fianza de quien estuviere en libertad o agravar las condiciones de la libertad provisional ya acordada sustituyéndola por la de prisión o libertad provisional con fianza, se requerirá solicitud del Ministerio Fiscal o de alguna parte acusadora, resolviéndose previa celebración de la comparecencia a que se refiere el artículo 505.
No obstante, si a juicio del juez o tribunal concurrieren los presupuestos del artículo 503, procederá a dictar auto de reforma de la medida cautelar, o incluso de prisión, si el investigado o encausado se encontrase en libertad, pero debiendo convocar, para dentro de las 72 horas siguientes, a la indicada comparecencia.
Siempre que el Juez o Tribunal entienda que procede la libertad o la modificación de la libertad provisional en términos más favorables al sometido a la medida, podrá acordarla, en cualquier momento, de oficio y sin someterse a la petición de parte.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 539 LECrim tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 01/06/1997 al 28/10/2003 · redacción original
Los autos de prisión y libertad provisionales y de fianza serán reformables durante todo el curso de la causa.
En su consecuencia, el imputado podrá ser preso y puesto en libertad cuantas veces sea procedente, y la fianza podrá ser modificada en lo que resulte necesario para asegurar las consecuencias del juicio.
Para acordar la prisión o libertad provisional de quien estuviere en libertad o agravar las condiciones de la libertad provisional ya acordada, se requerirá solicitud del Ministerio fiscal o de alguna parte acusadora, resolviéndose previa celebración de la comparecencia a que se refiere el artículo 504 bis 2.
No obstante, si a juicio del Juez o Tribunal concurriere riesgo de fuga, procederá a dictar auto de reforma de la medida cautelar, o incluso de prisión, si el imputado se encontrase en libertad, pero debiendo convocar, para dentro de las setenta y dos horas siguientes, a la indicada comparecencia.
Siempre que el Juez o Tribunal entienda que procede la libertad o la modificación de la libertad provisional en términos más favorables al sometido a la medida, podrá acordarla, en cualquier momento, de oficio y sin someterse a la petición de parte.
Ya no está en vigor. BOE-A-1882-6036 en el BOE ↗
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 25 sentencias de su repertorio, la primera de 1984. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 46/2022 ↗, de 24 de marzo de 2022 · Recurso de amparo 1599-2020
…la situación de prisión preventiva no constituye una situación jurídica intangible o consolidada, pues de conformidad con lo previsto en el art. 539 LECrim, ‘los autos de prisión y libertad provisionales serán reformables durante todo el curso de la causa’.…
STC 184/2021 ↗, de 28 de octubre de 2021 · Recurso de amparo 1611-2020
…que nos es propio, de que la medida cautelar adoptada en sede judicial no infringió la garantía de petición de parte establecida en el art. 539 LECrim; que se respetó la dimensión procedimental del control judicial exigido; que la prisión provisional…
STC 37/2020 ↗, de 25 de febrero de 2020 · Recurso de amparo 2971-2018
…es suficiente, por sí sola, para deducir la inconsistencia de la queja planteada por los recurrentes. La mera convocatoria de la audiencia de los arts. 505 y 539 LECrim no supone más que el ejercicio de un poder de tramitación procesal que es inherente a la condición de…
STC 2/2020 ↗, de 15 de enero de 2020 · Recurso de amparo 2115-2018
…Explica, en este punto, que la convocatoria de la vista relativa al posible agravamiento de la situación personal del Sr. Turull, de acuerdo con el art. 539 LECrim, fue realizada en el propio auto de procesamiento, de fecha 21 de marzo de 2018, siendo el día…
STC 3/2020 ↗, de 15 de enero de 2020 · Recurso de amparo 2226-2018
…a la misma, constituyen situaciones jurídicas intangibles o consolidadas y por ello inmodificables, sino que, de conformidad con lo previsto en el art. 539 de la Ley de enjuiciamiento criminal (LECrim), los autos de prisión y libertad provisionales serán…
STC 5/2020 ↗, de 15 de enero de 2020 · Recurso de amparo 3707-2018
…contradictoria sobre su situación personal durante la causa -providencia de 21 de marzo de 2018- sin que estuviera facultado en la ley para ello (art. 539.3 y 4 LECrim) y sin que ninguna de las acusaciones hubiera solicitado previamente la modificación de las medidas…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.