El texto oficial, literal
Artículo quinientos quince · LOPJ
Artículo 515.
Los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia a que se refiere este libro, sólo podrán ser remunerados por los conceptos retributivos que se establecen en esta ley orgánica.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2005. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 224/2012 ↗, de 29 de noviembre de 2012 · Recurso de inconstitucionalidad 1933-2004
…recordar al respecto lo que sobre el régimen retributivo de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia regulado en los arts. 515, 516 y 519 LOPJ determinamos en la STC 235/2005 , de 11 de octubre: “los distintos elementos de esta regulación ……
STC 253/2005 ↗, de 11 de octubre de 2005 · Conflicto positivo de competencia 3783-1998
…régimen retributivo (actual título VI del libro VI LOPJ) para el personal de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia. Pues bien, el art. 515 LOPJ establece lo siguiente: “Los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia a…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.