El texto oficial, literal
Examen de oficio de la competencia
El juez examinará de oficio su competencia y determinará la regla legal en la que se funde.
En lenguaje claro
Este artículo señala que el juez debe comprobar por sí mismo, sin esperar a que nadie se lo pida, si tiene competencia para conocer del caso. Es lo que se denomina «examen de oficio»: el propio juez revisa su competencia.
Además, el artículo le exige determinar la regla legal en la que se funde esa competencia. Es decir, no basta con afirmar que es competente, sino que debe indicar la norma concreta que lo sustenta. El artículo no detalla cuáles son esas reglas de competencia ni el procedimiento a seguir si el juez concluye que no la tiene.
Si usted tiene dudas sobre si un juzgado es el adecuado para tramitar un concurso o sobre cómo plantear esta cuestión, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién revisa la competencia del juzgado en un concurso?
- El propio juez la examina de oficio, sin necesidad de que las partes lo soliciten.
- ¿Tiene el juez que explicar en qué norma funda su competencia?
- Sí, el artículo le obliga a determinar la regla legal en la que se funde.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.