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CIV Civil

Artículo 496 Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Declaración de rebeldía y efectos. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Declaración de rebeldía y efectos

1. El Letrado de la Administración de Justicia declarará en rebeldía al demandado que no comparezca en forma en la fecha o en el plazo señalado en la citación o emplazamiento, excepto en los supuestos previstos en esta ley en que la declaración de rebeldía corresponda al Tribunal.

2. La declaración de rebeldía no será considerada como allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, salvo los casos en que la ley expresamente disponga lo contrario.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 496 LEC tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 04/05/2010 al 01/10/2015 · redacción de la Ley 13/2009

    1. El Secretario judicial declarará en rebeldía al demandado que no comparezca en forma en la fecha o en el plazo señalado en la citación o emplazamiento, excepto en los supuestos previstos en esta ley en que la declaración de rebeldía corresponda al Tribunal.

    2. La declaración de rebeldía no será considerada como allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, salvo los casos en que la ley expresamente disponga lo contrario.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2009-17493 en el BOE ↗

  2. Del 08/01/2001 al 04/05/2010 · redacción original

    1. Será declarado en rebeldía el demandado que no comparezca en forma en la fecha o en el plazo señalado en la citación o emplazamiento.

    2. La declaración de rebeldía no será considerada como allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, salvo los casos en que la ley expresamente disponga lo contrario.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2000-323 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Lo mencionan

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 3 sentencias de su repertorio, la primera de 2007. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 64/2021 ↗, de 15 de marzo de 2021 · Recurso de amparo 862-2020

    …prevenciones: Apercibir a la parte demandada que, si no compareciera dentro del plazo indicado, se la declarará en situación de rebeldía procesal [art. 496.1 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC)]; advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe…

  • STC 98/2015 ↗, de 25 de mayo de 2015 · Recurso de amparo 6628-2013

    …diligencia por edictos. Posteriormente, no habiendo comparecido dentro del plazo para contestar a la demanda, de conformidad con lo dispuesto en el art. 496.1 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC), fueron declarados en situación de rebeldía procesal por providencia…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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