El texto oficial, literal
Renta general
Formarán la renta general los rendimientos y las ganancias y pérdidas patrimoniales que con arreglo a lo dispuesto en el artículo siguiente no tengan la consideración de renta del ahorro, así como las imputaciones de renta a que se refieren los artículos 85, 91, 92 y 95 de esta Ley y el Capítulo II del Título VII del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
- Artículo 85 LIRPF · Imputación de rentas inmobiliarias
- Artículo 91 LIRPF · Imputación de rentas en el régimen de transparencia fiscal internacional
- Artículo 92 LIRPF · Imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen
- Artículo 95 LIRPF · Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios considerados como paraísos fiscales
Lo mencionan
- Artículo 48 LIRPF · Integración y compensación de rentas en la base imponible general
- Artículo 91 LIRPF · Imputación de rentas en el régimen de transparencia fiscal internacional
- Artículo 92 LIRPF · Imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen
- Artículo 95 LIRPF · Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios considerados como paraísos fiscales