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FIS Fiscal y tributario

Artículo 44 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

Capacidad de obrar. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Capacidad de obrar

Tendrán capacidad de obrar en el orden tributario, además de las personas que la tengan conforme a derecho, los menores de edad y los incapacitados en las relaciones tributarias derivadas de las actividades cuyo ejercicio les esté permitido por el ordenamiento jurídico sin asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela, curatela o defensa judicial. Se exceptúa el supuesto de los menores incapacitados cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos e intereses de que se trate.

En lenguaje claro

El artículo 44 de la Ley General Tributaria se refiere a la capacidad de obrar en el orden tributario.

Además de las personas que la tengan conforme a derecho, el artículo la reconoce a los menores de edad y a los incapacitados en las relaciones tributarias derivadas de las actividades cuyo ejercicio les esté permitido por el ordenamiento jurídico sin asistencia de quien ejerza la patria potestad, tutela, curatela o defensa judicial.

El propio artículo establece una excepción: se exceptúa el supuesto de los menores incapacitados cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos e intereses de que se trate. Para su caso concreto, se recomienda consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene capacidad de obrar en el orden tributario según este artículo?
Las personas que la tengan conforme a derecho y, además, los menores de edad e incapacitados, en las relaciones tributarias derivadas de actividades cuyo ejercicio les esté permitido por el ordenamiento jurídico sin asistencia de quien ejerza la patria potestad, tutela, curatela o defensa judicial.
¿A quién no se aplica esta regla?
A los menores incapacitados cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos e intereses de que se trate.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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