El texto oficial, literal
Plazo para dictar sentencia
Finalizada la audiencia, el Juez de Menores dictará sentencia en un plazo máximo de cinco días.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 38 LORPM tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 13/01/2001 al 05/02/2007 · redacción original
Finalizada la audiencia, el Juez de Menores dictará sentencia sobre los hechos sometidos a debate en un plazo máximo de cinco días.
Ya no está en vigor. BOE-A-2000-641 en el BOE ↗