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Artículo 37 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Artículo treinta y siete · LOPJ

Artículo 37.

1. Corresponde al Ministerio de Justicia o al órgano competente de la comunidad autónoma con competencias en materia de justicia proveer a los juzgados y tribunales de los medios precisos para el desarrollo de su función con independencia y eficacia.

2. A tal efecto, el Consejo General del Poder Judicial remitirá anualmente al Ministerio de Justicia o al órgano competente de la comunidad autónoma con competencias en materia de justicia una relación circunstanciada de las necesidades que estime existentes.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 37 LOPJ tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 04/05/1990 al 15/01/2004 · redacción de una reforma

    1. Corresponde al Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, proveer a los Juzgados y Tribunales de los medios precisos para el desarrollo de su función con independencia y eficacia.

    2. A tal efecto, el Consejo General del Poder Judicial remitirá anualmente al Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, una relación circunstanciada de las necesidades que estime existentes.

    3. Podrá atribuirse a las Comunidades Autónomas la gestión de todo tipo de recursos, cualquiera que sea su consideración presupuestaria, correspondiente a las competencias atribuidas al Gobierno en el apartado 1 de este artículo, cuando los respectivos Estatutos de Autonomía les faculten en esta materia.

    (Anulado)

    4

    Ref. BOE-T-1990-10080

    Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del apartado 4 por Sentencia del TC 56/1990, de 29 de marzo.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1990-10080 en el BOE ↗

  2. Del 03/07/1985 al 04/05/1990 · redacción original

    1. Corresponde al Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, proveer a los Juzgados y Tribunales de los medios precisos para el desarrollo de su función con independencia y eficacia.

    2. A tal efecto, el Consejo General del Poder Judicial remitirá anualmente al Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, una relación circunstanciada de las necesidades que estime existentes.

    3. Podrá atribuirse a las Comunidades Autónomas la gestión de todo tipo de recursos, cualquiera que sea su consideración presupuestaria, correspondiente a las competencias atribuidas al Gobierno en el apartado 1 de este artículo, cuando los respectivos Estatutos de Autonomía les faculten en esta materia.

    4. Los recursos propios que las Comunidades Autónomas destinen a las mismas finalidades deberán recogerse en un programa anual que será aprobado, previo informe favorable del Consejo del Poder Judicial, por la correspondiente Asamblea Legislativa.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1985-12666 en el BOE ↗

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 6 sentencias de su repertorio, la primera de 1990. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 224/2012 ↗, de 29 de noviembre de 2012 · Recurso de inconstitucionalidad 1933-2004

    …62/1990 . Avanza a continuación el Abogado de la Generalitat de Cataluña una valoración global de la reforma -favorable a la regulación genérica del art. 37 LOPJ en lo que concierne a la gestión de los medios materiales, con excepción de cuestiones concretas- y…

  • STC 67/2006 ↗, de 2 de marzo de 2006 · Recurso de inconstitucionalidad 1832-2000

    …que hacerse en función de la incidencia que tenga sobre el ámbito de la función jurisdiccional. Del mismo modo, con arreglo a lo dispuesto en el art. 37 LOPJ corresponde al Gobierno la provisión a los Juzgados y Tribunales de los medios precisos para el…

  • STC 50/2006 ↗, de 16 de febrero de 2006 · Conflictos positivos de competencia 2832-1997, 541-1998, Recursos de inconstitucionalidad 1172-1998, 1267-1999 (acumulados)

    …la Generalidad, versa sobre el conjunto de medios materiales y personales que sirven a la Administración de Justicia, en el sentido referido en los arts. 37.1 y 3 LOPJ. Estos preceptos no enumeran recursos materiales o servicios concretos, por lo que no han de…

  • STC 105/2000 ↗, de 13 de abril de 2000 · Recurso de inconstitucionalidad 431-1995

    …por vía de propuesta no vinculante, determinarán por Ley propia la capitalidad de los partidos judiciales y podrán gestionar todo tipo de recursos (arts. 35.2, 36.6 y 37.3 LOPJ). Así también los concursos y oposiciones para la cobertura de vacantes del personal judicial serán…

  • STC 158/1992 ↗, de 26 de octubre de 1992 · Conflicto positivo de competencia 676-1986

    …por vía de propuesta no vinculante, determinarán por Ley propia la capitalidad de los partidos judiciales y podrán gestionar todo tipo de recursos (arts. 35.2, 36.6 y 37.3 LOPJ) y así también los concursos y oposiciones para la cobertura de vacantes del personal judicial serán…

  • STC 45/1990 ↗, de 15 de marzo de 1990 · Recurso de amparo 1681-1987

    …que, además, aunque así fuera, resulta a todas luces excesivo atribuir directamente al Consejo de Ministros aquellas eventuales lesiones. Según el art. 37 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), «corresponde al Gobierno ... proveer a los Juzgados y…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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