Saltar al contenido
Inteligencia artificial. Criterio jurídico. Un mismo equipo. Urgencias 24 h · 872 290 320
JBH Servicios Jurídicos DEFENSA PENAL

Explora JBH Legal

Todo el contexto. Un mismo punto de encuentro.

PlataformaVisión generalLetrado IAVigilante de PlazosModo Guardia 24 hSimulador de ConformidadLa plataforma en tu móvilSeguridad y confidencialidadCómo verificamos
ServiciosPenalCivilMercantilLaboralFamiliaFiscal y tributarioDemandas colectivasLey de la Segunda OportunidadPeritos judiciales y de parteDetective privado y pruebasMás áreas jurídicasServicios especializados
HerramientasCalculadora de plazosBuscador de jurisprudenciaVerificador de citasCalculadora de prescripciónCalculadora de penaGuía de la fase procesalDerechos del detenido¿Qué hacer si te detienen?Explicador de ECLI¿Vía civil o penal?Calculadora de retorno de la inversiónTodas las herramientas
RecursosGuías jurídicasEnciclopediaManuales y vídeosInsightsPara abogadosPara peritosPreguntas frecuentesCasos de éxito
Planes y preciosPlanes jurídicos e igualasTodos los planesCalcula tu planPrecios y costesHonorarios por materiaPrecio de un peritajeLa IA, por usoPlanes para despachos
SeguridadÁrea clienteÁrea abogados Evaluar mi caso Urgencias: 872 290 320

PEN Penal

Artículo 361 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Para verificar éste se incluirá por el Ministro de Gracia y Justicia en los presupuestos de cada año la cantidad que se conceptúe necesaria.

En lenguaje claro

El artículo 361 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es una norma muy breve. Se refiere a cómo se obtiene la cantidad necesaria para llevar a cabo una actuación que se menciona en un artículo anterior de la misma ley (el texto empieza con «Para verificar éste», remitiendo a algo ya nombrado antes).

Lo que dice el artículo es que el Ministro de Gracia y Justicia incluirá en los presupuestos de cada año la cantidad que se conceptúe necesaria. El precepto no detalla el importe ni los criterios para fijarlo.

Si tiene dudas sobre cómo aplicar este precepto a un caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Quién debe incluir la cantidad en los presupuestos?
Según el artículo, corresponde al Ministro de Gracia y Justicia incluir dicha cantidad en los presupuestos.
¿Con qué periodicidad se consigna este importe?
El artículo indica que la cantidad se incluirá en los presupuestos de cada año.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO