El texto oficial, literal
Para verificar éste se incluirá por el Ministro de Gracia y Justicia en los presupuestos de cada año la cantidad que se conceptúe necesaria.
En lenguaje claro
El artículo 361 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es una norma muy breve. Se refiere a cómo se obtiene la cantidad necesaria para llevar a cabo una actuación que se menciona en un artículo anterior de la misma ley (el texto empieza con «Para verificar éste», remitiendo a algo ya nombrado antes).
Lo que dice el artículo es que el Ministro de Gracia y Justicia incluirá en los presupuestos de cada año la cantidad que se conceptúe necesaria. El precepto no detalla el importe ni los criterios para fijarlo.
Si tiene dudas sobre cómo aplicar este precepto a un caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién debe incluir la cantidad en los presupuestos?
- Según el artículo, corresponde al Ministro de Gracia y Justicia incluir dicha cantidad en los presupuestos.
- ¿Con qué periodicidad se consigna este importe?
- El artículo indica que la cantidad se incluirá en los presupuestos de cada año.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.