El texto oficial, literal
Acreedores con créditos de distinta clase
En el caso de que un acreedor sea simultáneamente titular de créditos privilegiados y ordinarios, la adhesión se presumirá realizada exclusivamente respecto de los ordinarios, y solo afectará a los créditos privilegiados si así se hubiera manifestado expresamente en el acto de adhesión.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 356 TRLC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 01/09/2020 al 26/09/2022 · redacción original
En el caso de que un acreedor sea simultáneamente titular de créditos privilegiados y ordinarios, la adhesión se presumirá realizada y el voto se presumirá emitido exclusivamente respecto de los créditos ordinarios, y solo afectará a los créditos privilegiados si así se hubiere manifestado expresamente en el acto de adhesión o de votación.
Ya no está en vigor. BOE-A-2020-4859 en el BOE ↗