El texto oficial, literal
Si se duda, entre dos o más personas llamadas a sucederse, quién de ellas ha muerto primero, el que sostenga la muerte anterior de una o de otra, debe probarla; a falta de prueba, se presumen muertas al mismo tiempo y no tiene lugar la transmisión de derechos de uno a otro.
En lenguaje claro
El artículo 33 del Código Civil se refiere a la situación en que, entre dos o más personas llamadas a sucederse, se duda cuál de ellas murió primero.
La regla que establece es la siguiente: quien sostenga la muerte anterior de una u otra debe probarla. A falta de prueba, se presumen muertas al mismo tiempo y no tiene lugar la transmisión de derechos de una a otra.
Si tiene dudas sobre cómo afecta esta regla a una herencia concreta, lo recomendable es consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién tiene que probar quién murió antes?
- Según el artículo, debe probarlo quien sostenga la muerte anterior de una u otra de las personas llamadas a sucederse.
- ¿Qué pasa si no se puede probar el orden de las muertes?
- A falta de prueba, se presumen muertas al mismo tiempo y no tiene lugar la transmisión de derechos de una a otra.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.