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PEN Penal

Artículo 31 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Recibidas las diligencias en el Juzgado o Tribunal llamado a resolver la competencia y oído el Fiscal por término de segundo día, la decidirá dentro de los tres siguientes al en que el Ministerio Fiscal evacue el traslado.

Contra lo resuelto por el Juzgado o Audiencia procederá el recurso de casación.

Contra la resolución del Supremo no se da recurso alguno.

En lenguaje claro

El artículo 31 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se refiere a cómo se resuelve en el Juzgado o Tribunal llamado a decidir la competencia.

Una vez recibidas las diligencias, se oye al Fiscal por término de segundo día. Tras ello, el órgano judicial debe decidir dentro de los tres días siguientes a aquel en que el Ministerio Fiscal haya evacuado el traslado.

El propio artículo señala que, frente a lo resuelto por el Juzgado o la Audiencia, procede el recurso de casación. En cambio, contra la resolución del Supremo no se da recurso alguno. Para valorar cómo se aplica esto a un caso concreto, conviene consultar a un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tiene el juez para decidir la competencia?
La decidirá dentro de los tres días siguientes a aquel en que el Ministerio Fiscal evacue el traslado, después de haber sido oído este por término de segundo día.
¿Qué recurso cabe contra la resolución?
Contra lo resuelto por el Juzgado o Audiencia procede el recurso de casación. Contra la resolución del Tribunal Supremo no se da recurso alguno.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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