El texto oficial, literal
Recibidas las diligencias en el Juzgado o Tribunal llamado a resolver la competencia y oído el Fiscal por término de segundo día, la decidirá dentro de los tres siguientes al en que el Ministerio Fiscal evacue el traslado.
Contra lo resuelto por el Juzgado o Audiencia procederá el recurso de casación.
Contra la resolución del Supremo no se da recurso alguno.
En lenguaje claro
El artículo 31 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se refiere a cómo se resuelve en el Juzgado o Tribunal llamado a decidir la competencia.
Una vez recibidas las diligencias, se oye al Fiscal por término de segundo día. Tras ello, el órgano judicial debe decidir dentro de los tres días siguientes a aquel en que el Ministerio Fiscal haya evacuado el traslado.
El propio artículo señala que, frente a lo resuelto por el Juzgado o la Audiencia, procede el recurso de casación. En cambio, contra la resolución del Supremo no se da recurso alguno. Para valorar cómo se aplica esto a un caso concreto, conviene consultar a un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué plazo tiene el juez para decidir la competencia?
- La decidirá dentro de los tres días siguientes a aquel en que el Ministerio Fiscal evacue el traslado, después de haber sido oído este por término de segundo día.
- ¿Qué recurso cabe contra la resolución?
- Contra lo resuelto por el Juzgado o Audiencia procede el recurso de casación. Contra la resolución del Tribunal Supremo no se da recurso alguno.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.