El texto oficial, literal
Los administradores, de hecho o de derecho, de una sociedad constituida o en formación, que falsearen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad, de forma idónea para causar un perjuicio económico a la misma, a alguno de sus socios, o a un tercero, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.
Si se llegare a causar el perjuicio económico se impondrán las penas en su mitad superior.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2006. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 154/2009 ↗, de 25 de junio de 2009 · Cuestión de inconstitucionalidad 5438-2006
…manera diferente a como el tipo de la prevaricación incluye que el autor sea “autoridad o funcionario público” (art. 404 CP) o “juez o magistrado” (art. 290 CP). Si se objeta que el género o sexo es uno de los rasgos constitucionalmente proscritos en el art. 14 CE,…
STC 75/2006 ↗, de 13 de marzo de 2006 · Recurso de amparo 4390-2003
…dicha constatación de hechos probados, la Juez de lo Penal entiende que no se cumplen los elementos típicos requeridos por el delito previsto en el art. 290 CP, por el que ha sido acusado en primer lugar el recurrente, al no haberse acreditado adecuadamente en qué…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.