El texto oficial, literal
En los delitos de calumnia o injuria causadas en juicio se presentará además la licencia del Juez o Tribunal que hubiese conocido de aquél, con arreglo a lo dispuesto en el Código Penal.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 36/1998 ↗, de 17 de febrero de 1998 · Recurso de amparo 397-1994
…ha tenido conocimiento esta parte, y ha contraído posteriormente segundas nupcias)». Ante ello se vio obligado, en virtud de lo establecido en el art. 279 L.E.Crim. en relación con el segundo párrafo del art. 467 C.P., a solicitar licencia para proceder…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.