El texto oficial, literal
1. Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio y los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así como los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación, o abuso de la vulnerabilidad de la víctima, ya sea por razón de edad, o por tratarse de una persona con discapacidad.
2. Esta disposición no es aplicable a los extraños que participaren en el delito.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 268 CP tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 24/05/1996 al 01/07/2015 · redacción original
1. Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio y los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así como los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación.
2. Esta disposición no es aplicable a los extraños que participaren en el delito.
Ya no está en vigor. BOE-A-1995-25444 en el BOE ↗
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 5 sentencias de su repertorio, la primera de 2001. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 190/2011 ↗, de 12 de diciembre de 2011 · Recurso de amparo 1506-2007
…el recurrente también señala la circunstancia de que si a los cónyuges separados legalmente no les alcanza la exención de responsabilidad del art. 268.1 del Código penal carece de sentido que pueda haber obstáculos procesales para que éstos puedan accionar…
STC 94/2010 ↗, de 15 de noviembre de 2010 · Recurso de amparo 171-2007
…otra parte, en la Sentencia, al referirse al supuesto delito de robo con fuerza, se afirma que los hechos serían antijurídicos en virtud del art. 268 CP al no constar si la separación ese día era de hecho o legal, cuando el citado artículo no distingue entre…
STC 60/2010 ↗, de 7 de octubre de 2010 · Cuestión de inconstitucionalidad 8821-2005
…el alcance de la restricción de los principios y derechos afectados que de esta circunstancia se deriva ha de ser relativizado como consecuencia del art. 268 CP, que atempera en gran medida el rigor punitivo del precepto impugnado al establecer una exención de…
STC 21/2005 ↗, de 1 de febrero de 2005 · Recurso de amparo 1055-2003
…porque no se indicaba que el Ministerio público hubiera iniciado acción penal alguna; y por concurrencia de la excusa absolutoria prevista en el art. 268 CP). c) El día 13 de marzo de 2002 se presentó recurso de reforma y subsidiario de apelación contra esta…
STC 168/2001 ↗, de 16 de julio de 2001 · Recurso de amparo 4541-1998
…Según el Fiscal "tales errores, se resumen en la identificación de dos nociones absolutamente diversas, como son la excusa absolutoria del artículo 268 del Código Penal y el reconocimiento de legitimación procesal para actuar en el orden jurisdiccional penal a…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.