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EXT Extranjería

Artículo 26 Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009

Exigencia de visado de tránsito. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Exigencia de visado de tránsito

1. El régimen de exigencia de visado de tránsito aeroportuario será el establecido por el Derecho de la Unión Europea.

2. El visado de tránsito aeroportuario podrá permitir transitar una, dos o, excepcionalmente, varias veces, y habilita al extranjero específicamente sometido a esta exigencia a permanecer en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español, sin acceder al territorio nacional, durante escalas o enlaces del vuelo.

En lenguaje claro

El artículo 26 del Reglamento de Extranjería se refiere al régimen de exigencia del visado de tránsito aeroportuario.

En su primer apartado, remite al Derecho de la Unión Europea como norma que establece dicho régimen. El artículo no detalla el contenido de esas normas, por lo que habrá que acudir a ellas.

El segundo apartado indica que el visado de tránsito aeroportuario podrá permitir transitar una, dos o, excepcionalmente, varias veces. Habilita al extranjero específicamente sometido a esta exigencia a permanecer en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español, sin acceder al territorio nacional, durante escalas o enlaces del vuelo. Para su caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado que pueda analizar su situación personal.

Preguntas frecuentes

¿Qué permite hacer el visado de tránsito aeroportuario?
Habilita al extranjero sometido a esta exigencia a permanecer en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español durante escalas o enlaces del vuelo, sin acceder al territorio nacional.
¿Cuántos tránsitos autoriza este visado?
Podrá permitir transitar una, dos o, excepcionalmente, varias veces.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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