El texto oficial, literal
Artículo doscientos cincuenta y nueve · LOPJ
Artículo 259.
Las sentencias se firmarán por el Juez o por todos los Magistrados no impedidos dentro del plazo establecido para dictarlas.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 187/1992 ↗, de 16 de noviembre de 1992 · Recurso de amparo 810-1989
…el nombre del Magistrado por quien firma y poniendo después las palabras: «votó en Sala y no pudo firmar»". También, con carácter general, el art. 259 LOPJ dispone: "las Sentencias se firmarán por el Juez o por todos los Magistrados no impedidos dentro del…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.