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EXT Extranjería

Artículo 255 Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009

Otras infracciones y sanciones. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Otras infracciones y sanciones

Los extranjeros que incumplan los deberes, obligaciones y cargas impuestos por el ordenamiento jurídico general serán sancionados con arreglo a la legislación específicamente aplicable en cada caso.

En lenguaje claro

El artículo 255 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 557/2011) establece que los extranjeros que incumplan los deberes, obligaciones y cargas impuestos por el ordenamiento jurídico general serán sancionados con arreglo a la legislación específicamente aplicable en cada caso.

El artículo no detalla cuáles son esas normas ni qué sanciones se imponen: se limita a remitir a la legislación aplicable en cada caso.

Para valorar una situación concreta y la norma sancionadora que corresponda, conviene consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿A quién se aplica este artículo?
A los extranjeros que incumplan deberes, obligaciones y cargas impuestos por el ordenamiento jurídico general.
¿Qué norma determina la sanción?
La legislación específicamente aplicable en cada caso, según remite el propio artículo, sin fijarla el Reglamento de Extranjería.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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