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PEN Penal

Artículo 253 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

El Tribunal que dicte sentencia firme condenatoria en cualquiera causa criminal remitirá testimonio de la parte dispositiva de la misma al Juez de instrucción del lugar en que se hubiere formado el sumario.

En lenguaje claro

El artículo 253 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se refiere a un trámite de comunicación entre órganos judiciales cuando se dicta sentencia firme condenatoria en una causa criminal. Una sentencia firme es aquella contra la que ya no cabe recurso.

Lo que dice la norma es que el Tribunal que haya dictado la sentencia firme de condena en una causa criminal remitirá un testimonio (es decir, una copia oficial certificada) de la parte dispositiva de esa sentencia, esto es, del fallo. Ese testimonio se envía al Juez de instrucción del lugar donde se hubiere formado el sumario.

El artículo no detalla plazos ni forma concreta de la remisión. Si necesita orientación sobre un caso concreto, consulte a un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué tribunal tiene que enviar el testimonio de la sentencia?
El Tribunal que dicte la sentencia firme condenatoria en la causa criminal.
¿A quién se envía el testimonio de la parte dispositiva?
Se remite al Juez de instrucción del lugar en que se hubiere formado el sumario.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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