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PEN Penal

Artículo 251 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Las Salas Segunda y Tercera del Tribunal Supremo remitirán al Ministerio de Gracia y Justicia un estado de los recursos de casación ante ellas pendientes y por ellas fallados durante el trimestre.

Cuando la Sala de lo criminal de cualquier Audiencia Territorial o la Tercera del Tribunal Supremo, o éste constituido en pleno, principiaren o fallaren alguna causa criminal que especialmente les estuviese encomendada, lo pondrán inmediatamente en conocimiento del Ministro de Gracia y Justicia, remitiendo, en su caso, testimonio de la sentencia.

En lenguaje claro

Este artículo regula una obligación de información que determinados órganos judiciales deben cumplir frente al Ministerio de Gracia y Justicia.

En primer lugar, las Salas Segunda y Tercera del Tribunal Supremo tienen que remitir al Ministerio un estado de los recursos de casación pendientes ante ellas y de los fallados durante el trimestre.

En segundo lugar, cuando la Sala de lo criminal de una Audiencia Territorial, la Sala Tercera del Tribunal Supremo o el Tribunal Supremo constituido en pleno principien o fallen una causa criminal que les haya sido especialmente encomendada, deben ponerlo inmediatamente en conocimiento del Ministro de Gracia y Justicia y, en su caso, remitir testimonio de la sentencia. Para una interpretación aplicada a su caso, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué información deben enviar las Salas Segunda y Tercera del Tribunal Supremo?
Deben remitir al Ministerio de Gracia y Justicia un estado de los recursos de casación ante ellas pendientes y por ellas fallados durante el trimestre.
¿Qué hay que comunicar cuando se inicia o falla una causa criminal especialmente encomendada?
Debe ponerse inmediatamente en conocimiento del Ministro de Gracia y Justicia, remitiendo, en su caso, testimonio de la sentencia.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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