El texto oficial, literal
Para el señalamiento de los particulares que hayan de testimoniarse no podrá darse vista al apelante de los autos que para él tuvieren carácter de reservados.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 236/2001 ↗, de 18 de diciembre de 2001 · Recurso de amparo 3542-1996
…prevista para el supuesto en que se hubiese declarado el secreto sumarial, no impide en modo alguno su tramitación, sino antes bien determina (arts. 225, 226 y 227 LECrim) la forma en que habrán de testimoniarse los particulares de las actuaciones para no lesionar tal…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.