El texto oficial, literal
Audiencia de los representantes de los trabajadores
1. Las resoluciones que el juez adopte en relación con la enajenación de la empresa o de una o varias unidades productivas deberán ser dictadas previa audiencia, por plazo de quince días, de los representantes de los trabajadores, si existieran.
2. En el caso de que las operaciones de enajenación implicaran la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el traslado, el despido, la suspensión de contrato o la reducción de jornada de carácter colectivo, se estará a lo dispuesto en esta ley en materia de contratos de trabajo.
En lenguaje claro
El artículo 220 del Texto Refundido de la Ley Concursal se refiere a la audiencia de los representantes de los trabajadores cuando, dentro de un concurso, se decide enajenar la empresa o alguna de sus unidades productivas.
En su primer apartado, el precepto establece que las resoluciones del juez relativas a esa enajenación deben dictarse previa audiencia, por plazo de quince días, de los representantes de los trabajadores, si existieran.
En el segundo apartado, se contempla el supuesto de que las operaciones de enajenación impliquen una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, un traslado, un despido, una suspensión del contrato o una reducción de jornada de carácter colectivo. En esos casos, el artículo remite a lo dispuesto en la propia ley en materia de contratos de trabajo, sin detallarlo aquí. Para analizar su situación concreta, se recomienda consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué plazo tienen los representantes de los trabajadores para ser oídos?
- El artículo fija un plazo de quince días de audiencia previa a la resolución del juez sobre la enajenación.
- ¿Qué ocurre si la venta implica despidos colectivos?
- El artículo remite a lo dispuesto en la propia Ley Concursal en materia de contratos de trabajo, sin concretar su contenido en este precepto.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.