El texto oficial, literal
Las cosas muebles hurtadas o robadas no podrán ser prescritas por los que las hurtaron o robaron, ni por los cómplices o encubridores, a no haber prescrito el delito o falta, o su pena, y la acción para exigir la responsabilidad civil, nacida del delito o falta.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 204/2004 ↗, de 18 de noviembre de 2004 · Cuestiones de inconstitucionalidad 2084-1995, 3406-1997 (acumulados)
…el plazo de usucapión de los bienes muebles sin buena fe ni título justo (art. 1955 II CC), e incluso el de los bienes muebles hurtados o robados (art. 1956 CC); es mayor, en fin, que el plazo general de prescripción para las acciones reales sobre bienes muebles y…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.