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FIS Fiscal y tributario

Artículo 190 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

Extinción de las sanciones tributarias. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Extinción de las sanciones tributarias

1. Las sanciones tributarias se extinguen por el pago o cumplimiento, por prescripción del derecho para exigir su pago, por compensación, por condonación y por el fallecimiento de todos los obligados a satisfacerlas.

2. Será de aplicación a las sanciones tributarias lo dispuesto en el capítulo IV del título II de esta ley.

En particular, la prescripción del derecho para exigir el pago de las sanciones tributarias se regulará por las normas establecidas en la sección tercera del capítulo y título citados relativas a la prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.

3. La recaudación de las sanciones se regulará por las normas incluidas en el capítulo V del título III de esta ley.

4. Las sanciones tributarias ingresadas indebidamente tendrán la consideración de ingresos indebidos a los efectos de esta ley.

En lenguaje claro

El artículo 190 de la Ley General Tributaria regula cómo se extinguen las sanciones tributarias. Según este artículo, una sanción se extingue por cinco causas: el pago o cumplimiento, la prescripción del derecho a exigir su pago, la compensación, la condonación y el fallecimiento de todas las personas obligadas a satisfacerlas.

Además, el artículo remite a otras partes de la propia ley. Para la prescripción, remite al capítulo IV del título II, en concreto a las normas de la sección tercera relativas a la prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de deudas liquidadas y autoliquidadas. La recaudación se rige por el capítulo V del título III. Por último, si una sanción se ha ingresado indebidamente, tendrá la consideración de ingreso indebido a efectos de esta ley.

Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se extinguen las sanciones tributarias?
Se extinguen por el pago o cumplimiento, por prescripción del derecho para exigir su pago, por compensación, por condonación y por el fallecimiento de todos los obligados a satisfacerlas.
¿Qué ocurre si se paga una sanción tributaria de forma indebida?
Las sanciones tributarias ingresadas indebidamente tendrán la consideración de ingresos indebidos a los efectos de esta ley.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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