El texto oficial, literal
El que se encarga voluntariamente de la agencia o administración de los negocios de otro, sin mandato de éste, está obligado a continuar su gestión hasta el término del asunto y sus incidencias, o a requerir al interesado para que le sustituya en la gestión, si se hallase en estado de poder hacerlo por sí.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2006. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 111/2006 ↗, de 5 de abril de 2006 · Cuestión de inconstitucionalidad 3001-1997
…21 de noviembre, FJ 5; y 73/1996 , de 30 de abril, FJ 5). Y fuera del caso normal existirá una gestión oficiosa de un negocio ajeno conforme a los arts. 1888, 1892 y 1893 CC, cuyo paralelismo en cuanto a efectos jurídicos con el caso de mandato ex contractu autorizaría al…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.