El texto oficial, literal
No surtirá efecto la prenda contra tercero si no consta por instrumento público la certeza de la fecha.
En lenguaje claro
Este artículo establece que la prenda no surtirá efecto contra tercero si no consta por instrumento público la certeza de la fecha. Es decir, para que la prenda pueda oponerse frente a personas ajenas al contrato, la fecha debe quedar acreditada en un instrumento público.
El artículo no detalla qué tipo de instrumento público sirve a tal efecto, ni regula lo que ocurre entre las partes del contrato; se limita a fijar esta condición respecto de los terceros.
Si necesita aplicar esta norma a un caso concreto, consulte con un abogado colegiado, que podrá analizar su situación.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo surte efecto la prenda frente a terceros?
- Cuando la certeza de la fecha consta en un instrumento público. Sin ese requisito, no produce efectos frente a terceros.
- ¿A quién afecta esta exigencia de documento público?
- Afecta a la eficacia de la prenda frente a terceros, es decir, personas que no son parte del contrato de prenda.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.