El texto oficial, literal
La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en este Capítulo se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la señalada al delito de que se trate.
En lenguaje claro
El artículo 168 del Código Penal se refiere a tres figuras: la provocación, la conspiración y la proposición. El artículo se aplica únicamente a los delitos previstos en el mismo Capítulo en el que se encuentra.
Lo que establece la norma es que estos actos se castigan con la pena inferior en uno o dos grados a la señalada al delito de que se trate.
Si su situación encaja con este supuesto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado para un análisis individualizado.
Preguntas frecuentes
- ¿A qué delitos se aplica este artículo?
- Únicamente a los delitos previstos en el mismo Capítulo en el que se encuentra el artículo 168.
- ¿Qué pena se impone a la provocación, conspiración o proposición?
- La pena inferior en uno o dos grados a la señalada al delito de que se trate.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.